La gestión centralizada de la tesorería (cash pooling) permite a los grupos internacionales aprovechar las economías de escalas y así disminuir los gastos bancarios. A continuación ponemos de manifiesto algunos aspectos clave de la puesta en marcha de este mecanismo en África francófona.

El cash pooling es una herramienta de optimización de las necesidades y excedentes de tesorería utilizada por los grupos de sociedades. La puesta en común de medios financieros permite reducir el endeudamiento global del grupo y negociar condiciones bancarias más beneficiosas. Así, se crea una cuenta “pivot”, en poder de la sociedad madre o una sociedad ad hoc (sociedad central de tesorería), con el fin de recibir flujos de tesorería provenientes de las sociedades del grupo vinculadas por acuerdo convencional, y de responder a las necesidades de tesorería de estas mismas sociedades.

Debido a su naturaleza (actividad de financiación) y a los flujos que se generan (flujos financieros intragrupos internacionales), el cash pooling plantea diversas cuestiones.

Monopolio bancario

Las principales regulaciones bancarias regionales que se aplican (UEMOA/CEMAC) reservan a los bancos y establecimientos de crédito el monopolio sobre las “operaciones bancarias”. Teniendo en cuenta que estas regulaciones no se oponen a la apertura de cuentas corrientes de socios (que representen al menos el 10% del capital social en el espacio UEMOA o el 5% en el espacio CEMAC), generalmente prevén que el monopolio bancario no sea un obstáculo para que una empresa realice operaciones de tesorería con sociedades vinculadas (el vínculo se define en referencia al poder de control efectivo, directo o indirecto). La legislación bancaria autoriza que los grupos recurran al cash pooling.

Regulación cambiaria

En el caso de operaciones de cash pooling efectuadas con una central de tesorería situada en el extranjero, conviene respetar el conjunto de condiciones y formalidades previstas por las regulaciones cambiarias de los correspondientes Estados (pudiendo ir de la simple declaración a la autorización, siempre considerando las a veces restrictivas obligaciones de documentación). Constatamos que las condiciones para llevar a cabo operaciones de crédito y préstamo en el área CEMAC son más estrictas que las del área UEMOA.

Convenios reglados

Si el Acto uniforme OHADA relativo al derecho de sociedades comerciales y grupos de interés económico establece que “la autorización” (del consejo de administración) no es necesaria mientras los convenios se lleven a cabo sobre operaciones corrientes concluidas en condiciones normales” (art. 439), nos parece preferible someter los convenios de gestión centralizados de tesorería a los procesos de autorización previa del consejo de administración y a la aprobación de la asamblea general. A estos efectos conviene vigilar que la cantidad de las sumas prestadas o la cantidad de intereses pagados no puedan ser consideradas excesivas, o al contrario, escasas, con el objetivo de que el capital social de las sociedades, que podría ser revalorizado independientemente del interés general del grupo, se respete en todo caso.

ALGUNOS ASPECTOS FISCALES A TENER EN CUENTA

Limitación de la deducibilidad de los intereses. Los intereses pagados a título de operaciones de gestión centralizada de tesorería no se excluyen de los dispositivos de infra-capitalización aplicables en materia de impuesto sobre sociedades. La deducción de los intereses pagados por filiales pueden estar sometidas a (i) limitaciones de la tasa (tradicionalmente la tasa admitida por el banco central aumentada en 2 o 3 puntos según las circunstancias) y/o (ii) limitaciones a la tasa de endeudamiento en función de la cantidad de capital social[1] o incluso capital propio[2], o también a (iii) una deducción de los intereses abonados limitada a un porcentaje de resultados antes de impuestos. Conviene señalar que aun cuando algunos dispositivos se aplican únicamente a las cuentas corrientes de los socios, no es de extrañar que los administradores fiscales extiendan estos principios a las relaciones entre empresas vinculadas.

Documentación de precios de transferencia. Los Estados de África francófona han reforzado en los últimos años las medidas de lucha contra la transferencia de beneficios, pasando de simples dispositivos generales de lucha contra la transferencia indirecta de beneficios a dispositivos más elaborados que integran obligaciones documentarias específicas a proporcionar a la Administración en el marco de controles de contabilidad o voluntariamente a través de depósito anual. De este modo conviene asegurarse de que las tasas de interés practicadas en el marco del cash pooling, ya sea en posición de prestatario o prestamista, son de conformidad con los principios de plena competencia y de que están documentadas con exactitud.

IVA. Algunas legislaciones prevén que los intereses financieros se sometan a IVA. En el caso del pago de intereses a un prestamista extranjero, es la filial deudora la que salda la tasa procediendo a una declaración a cuenta de terceros, lo que puede alimentar el IVA soportado (a veces difícilmente reembolsable) y constituir un coste añadido (siempre que no haya deducción, como por ejemplo si la actividad estuviese exonerada del IVA).

Retención a cuenta. Los intereses financieros pagados a una sociedad extranjera están sujetos a una retención a cuenta, generalmente a una tasa reducida. Además, en el caso de existir convenio fiscal, dan derecho a un crédito fiscal en el estado del acreedor.

Por último, salvo prueba en contrario, la legislación fiscal normalmente prevé que los préstamos acordados por las filiales a sus accionistas sean ingresos considerados distribuidos y sometidos a retención del título del impuesto sobre el ingreso de los valores mobiliarios. Por este motivo, resulta indispensable documentar los préstamos intragrupo generados a través de los acuerdos de cash pooling.

PUNTOS CLAVE

La regulación bancaria aplicable en el espacio UEMOA y CEMAC autoriza la puesta en marcha de convenios sobre cash pooling en el seno de grupos. Si se realizan con centrales de tesorería situadas en el extranjero, estas operaciones están sometidas a las limitaciones de la reglamentación bancaria (declaraciones, autorizaciones, etc).

Tratándose de operaciones entre sociedades vinculadas, los procesos aplicables a las convenciones reglamentadas son en principio aplicables.

Los flujos financieros dan lugar a diversas complicaciones fiscales, especialmente en materia de impuesto sobre sociedades (límite máximo de tipo de interés deducible, subcapitalización y precios de transferencia), IVA (imposición de intereses financieros), retención a cuenta e impuestos sobre el beneficio de valores mobiliarios.

[1] Marruecos, Senegal, Túnez, Gabón

[2] Camerún, Mauritania

François Nouvion
Socio Africa Desk
AGM Abogados – París

Kevin Lounana
Abogado Africa Desk
AGM Abogados – París

Fuente: AGM Abogados

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