Al Compliance se llega por obligación o por convencimiento. La mayoría de las empresas empiezan a pensar en implementarlo porque dentro de la diligencia que se espera en España de un empresario figura el conocimiento de las obligaciones legales impuestas a las sociedades, como ya viene reconociendo la jurisprudencia, y por tanto, su falta de diligencia puede reportar responsabilidad personal frente a la sociedad y frente a terceros. Así, la necesidad de adoptar un programa de Compliance resulta absolutamente recomendable para todas las personas jurídicas y llevarlo a cabo, aunque sea por obligación y por pequeño que sea su negocio.

Se trata de implementar un plan proporcional a la realidad de la empresa, grandes, pequeñas y medianas puesto que el nivel de exposición de estas últimas es superior al de las más grandes, porque al no disponer de modelos de cumplimiento se incrementa automáticamente su nivel de exposición, a la vez que, en caso necesario, se ven limitadas sus posibilidades de demostrar su diligencia debida.

Otras empresas, las que menos, son conscientes de la ventaja competitiva que representa alinear la estrategia empresarial con los modernos estándares vigentes en materia de cumplimiento y gestión de los riesgos y, por tanto, dan al Compliance la importancia que merece, situándolo al más alto nivel de la organización. No es casualidad que la mayoría de estas pocas empresas “convencidas” sean multinacionales o grandes empresas(por imperativo de sus matrices), las cuales quieren un Compliance “de verdad”, minimizando el riesgo y manteniendo el máximo control en cómo se hacen las cosas. Compartimos esta opinión, pues implantar un plan de prevención de riesgos penales supone un primer paso para implantar un adecuado programa, proporcional a sus necesidades, de fijación de la política de la empresa, control del riesgo y cumplimiento,incorporándola a su estrategia.

Este es un elemento necesario para el crecimiento de las empresas. O siendo más precisos, para crecer, es necesario adoptar políticas de empresas, incorporarlas a un sistema moderno de control y vigilancia, controlar los riesgos y evitar los que puedan derivarse por la falta de cumplimiento, ya sea de normas legales o de las propias normas de la compañía.

Joan Díaz

Gerente de JDA Assessors y SFAI Spain

Vicepresidente I SFAI Global

Fuente: JDA

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