La crisis financiera y el incremento de los costes del fútbol están demandado nuevas fuentes de financiación alternativas a las tradicionales, que han demostrado ser insuficientes. Esto ha tenido un efecto llamada para inversores ajenos al mundo del fútbol, que llegan atraídos por las necesidades de financiación de muchos clubes.

Modelos de financiación, como operaciones de descuento en el traspaso de jugadores y la pignoración de los derechos de taquilla o de los derechos televisivos, han ofrecido respuesta puntual a las tensiones de tesorería de las entidades deportivas, ahogadas ante su creciente deuda con la Administración Tributaria, la Seguridad Social y otros acreedores. Sin embargo, estas alternativas resultan insuficientes para abordar el fichaje de jugadores, lo que demanda una inversión aún mayor. Es aquí donde han entrado en juego los conocidos como third party ownership o los fondos de inversión del fútbol.

Sobre el papel, son una figura sencilla: un club adquiere los derechos federativos de un jugador gracias a la financiación recibida de un fondo de inversión, que se reserva, como contraprestación, una participación económica sobre un determinado porcentaje del precio de venta futuro del jugador. Sin entrar en el debate en torno a la naturaleza del objeto con el que se negocia, el principal problema es asegurar la viabilidad económica para el inversor. En este sentido, es habitual que se asegure que si la entidad deportiva recibe una oferta por un precio determinado, quede obligada a transferir al jugador, o de lo contrario, pague la parte que le correspondería al inversor.

Esto supone que un ente no deportivo podría interferir en temas laborales y de transferencia de jugadores, lo que choca con lo dispuesto en el artículo 18 bis del Reglamento sobre el estatuto y la transferencia de jugadores, y constituye el principal argumento de UEFA para intentar prohibir estas actuaciones en el futuro.

Desmarcándose de las corrientes que llegan de Suiza y a pesar de la opinión contraria manifestada por la AFE (sindicato de los futbolistas españoles), la Liga de Fútbol Profesional no parece ver como malos ojos este tipo de operaciones, siempre y cuando estén reguladas adecuadamente, por cuanto ello supone un importante balón de oxígeno para las arcas de los clubes.

Desde un punto de vista legal, el Tribunal Supremo ha admitido que los derechos federativos que tienen los clubes como consecuencia de la inscripción de jugadores son elementos que pueden “patrimonializarse” y ser objeto de comercio. Siendo así, no parece que pueda concluirse que la utilización de fondos de inversión para dichos negocios sea algo contrario a derecho.

Sin embargo, debe recordarse que la UEFA es una asociación privada de derecho suizo y sus competiciones quedan sometidas a su reglamentación. Puede, por tanto, hacer caso omiso de las normativas nacionales de los clubes que la conforman. Y la posición de la UEFA ante este tipo de operaciones es clara: se ha mostrado contraria a que los derechos económicos sobre los jugadores pertenezcan a entidades no deportivas.

Ante este escenario, todas las partes implicadas deberán tratar de buscar un consenso mediante la adecuada regulación de este modelo económico y permitir esta fuente de financiación, siempre que ello no suponga la adulteración de la competición deportiva. Si, realmente, este equilibrio es posible.

Por JORGE PEACOURT CARLES QUINDÓS, socio y asociado

Artículo publicado en Expansión el 19 de diciembre 2014

Fuente: Expansión

Subscribe to Directory
Write an Article

Highlight

Axon moves into Cloud Technology

by Axon Partners Group

cloud technology axon

Indexa Capital Group aumenta sus ingreso...

by Indexa Capital

Indexa Capital Group, sociedad matriz de Indexa Capital AV, Bewater As...

Photos Stream